(ARGENTINA) Boca pidió a la Justicia dejar sin efecto la medida cautelar sobre los abonos de La Bombonera y defendió el nuevo Reglamento de Abonos, que fija una utilización mínima del 80%. La presentación fue formalizada el 22 de septiembre de 2026, después de que el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo Nº 26 concediera la medida a seis abonados disconformes con la normativa.
El Club Atlético Boca Juniors comunicó: “El Club Atlético Boca Juniors comunica que solicitó que se deje sin efecto la medida cautelar concedida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo Nº 26, a partir de la presentación realizada por un grupo de abonados en relación con la aplicación del nuevo Reglamento de Abonos.”
Qué establece el reglamento de abonos
El nuevo Reglamento de Abonos fue difundido el 21 de agosto, en la previa del duelo ante Lanús por el Torneo Clausura, y había sido aprobado por la Comisión Directiva mediante el Acta Nº 4 de septiembre de 2024. La norma exige confirmar la asistencia con hasta un día de anticipación a los 22.932 abonados de la institución. Cuando el titular no puede ir, permite ceder la butaca mediante Abono Solidario o presentar hasta seis socios de cualquier categoría; esa nómina solo puede modificarse una vez al año, salvo un caso de fuerza mayor.
La medida cautelar suspendió preventivamente la exigencia de asistencia mínima del 80% y prohibió que Boca reasignara esas ubicaciones a terceros durante el proceso. El juez Mario Olano Melo ordenó “habilitar, dentro del plazo de cinco días, la renovación y pago de los abonos por parte de los actores, respetando las ubicaciones que actualmente ocupan y manteniendo los derechos y obligaciones correspondientes”. La disposición se mantiene hasta que haya una resolución definitiva.
Los seis abonados que presentaron la demanda son Sofía Gracia Rapazzo, Jonathan García Pradi, Claudia Kalinec, Luis Wuhl, Horacio Santos Tolini y Juan Carlos De Luca; los representó el abogado Hernán Mariano Frajnd. El juez respaldó el argumento de que “cada uno de los actores reviste el carácter de consumidor, ya que contrata dicho servicio como destinatario final, para su utilización personal o en beneficio de su grupo familiar o social. Además de la cuota correspondiente a su condición de socio, los abonados deben realizar un pago específico, adicional y oneroso para adquirir o renovar anualmente el derecho de uso de una determinada platea o palco”.
El comunicado vinculó la normativa con el objetivo de ordenar las cesiones y mejorar el uso de las localidades. El Club Atlético Boca Juniors afirmó: “Boca Juniors ratifica su compromiso de optimizar el uso de las localidades disponibles en La Bombonera y garantizar un proceso de cesión claro y transparente. Para ello, contempla la posibilidad de conformar una nómina de hasta seis socios como autorizados a utilizar la ubicación o recurrir al programa Abono Solidario. Estas medidas buscan favorecer un uso más eficiente de las localidades y ampliar las posibilidades de acceso a La Bombonera, teniendo en cuenta la creciente demanda de los socios.” Además, indicó: “Asimismo, el Reglamento no tiene efecto retroactivo y comienza a regir a partir de la renovación de cada abono.”
El pedido fue formalizado a las 17:54 del 22 de septiembre de 2026, con la exigencia del 80% todavía suspendida. Hasta que esa decisión sea modificada, Boca debe preservar las ubicaciones de los socios que iniciaron la acción y no puede reasignarlas a terceros.
